Se informa que esta empresa está dando cumplimiento al Decreto N°311/2020 y su Reglamentación p/ Resolución MDP N°173/2020 y mantiene habilitados todos los canales de comunicación habituales,
para cualquier consulta, aclaración o para solicitar la inclusión en el régimen establecido por las disposiciones citadas.
"Informamos que conforme se publicó en el Boletín Oficial de la Nación, el ENACOM, mediante las Resoluciones 27 y 28 del año 2021, ha dispuesto una actualización del 7% sobre todos los valores de nuestros productos y servicios, con aplicación a partir del 1/02/2021. Dichos incrementos se verán reflejados en la facturación del mes de Marzo 2021. Asimismo se informa que las resoluciones de ENACOM 204/2021 y 205/2021, se aplicarán en la factura de Abril/21, retroactivo al 01/03/2021. Ante cualquier duda o consulta, como siempre nuestras vías de contacto son: telefónicamente el 5263-9500 o por mail a: sac@super-canal.com.ar"